El mundo está funcionando en modo disruptivo. Las normas y costumbres de décadas pasadas hoy día quedan subsumidas en los intereses nacionales de las potencias, sean consolidadas o emergentes, como es el caso de Estados Unidos y China. En este escenario, los acuerdos y esquemas multilaterales, que eran protagonistas antes de Trump, han quedado disminuidos […]

El mundo está funcionando en modo disruptivo. Las normas y costumbres de décadas pasadas hoy día quedan subsumidas en los intereses nacionales de las potencias, sean consolidadas o emergentes, como es el caso de Estados Unidos y China. En este escenario, los acuerdos y esquemas multilaterales, que eran protagonistas antes de Trump, han quedado disminuidos en su incidencia en las negociaciones con Estados Unidos principalmente y en esta oportunidad. 

El esquema del gobierno queda reflejado en las declaraciones del Representante Comercial de Estados Unidos Embajador Jamieson Greer, ratificado por el senado estadounidense en febrero de 2025, quien lidera la United State Trade Representative (USTR).  

Esta oficina es la que en marzo abrió investigaciones contra 60 economías por no contar, a su juicio, con mecanismos eficaces para impedir importaciones producidas con trabajo forzoso. El objetivo e interés estratégico es claro, en palabras del Representante: “Estoy convencido de que los trabajadores, agricultores, ganaderos y proveedores de servicios estadounidenses pueden competir con cualquiera en el mundo, en este mercado y en otros, siempre y cuando compitan en igualdad de condiciones”. Esta aseveración constituye el leit motiv estratégico detrás de los aranceles que ha impuesto EE.UU. Ello conlleva una negociación donde se cruza y superponen cuestiones comerciales, políticas y estratégicas. 

Así, en junio de este año realizó la propuesta de aranceles, recibió comentarios de los países y entidades nacionales e internacionales, realizó audiencias en julio y finalmente dejó a Chile con una sobretasa de 12,5%. No es una acusación directa contra los productos que se exportan y donde bajo la etiqueta de trabajo forzoso se aplica el arancel. Más bien se trata de una sanción arancelaria al identificar una brecha regulatoria en Chile.

No todos los productos recibieron el mismo trato. Quedaron excluidas los de interés estratégico para Estados Unidos, como es el caso del cobre y el litio y algunas frutas como paltas, ciertos cítricos y otras partidas. Pero productos relevantes de la agricultura chilena, como uvas y stone fruit (carozos), sí fueron afectados por los aranceles, de igual forma que el salmón. El impacto, por tanto, no es parejo, pero sí relevante para la macro cadena exportadora en la cual participa Chile.

La participación de las ONG’s chilenas Fundación Libera y Ecoceános, en las audiencias de la USTR con un relato crítico sobre Chile, si bien no son especialmente responsables del arancel, por ser éstos establecidos con un alcance global, en un contexto de negociación comercial de nivel estratégico. 

La igualdad de condiciones bajo los estándares estadounidenses significa que Chile y los demás países, no pueden producir si utilizan insumos de países donde las regulaciones comerciales y laborales no son acreditas por la USTR. Por tanto, no se trata de que los aranceles lleven necesariamente una acusación contra Chile por trabajo forzado, sino que los insumos que se utilizan en el proceso productivo (evaluado de manera selectiva) provienen de países donde hay evidencias o atisbos de que hay trabajo forzado, es decir, de trabajo no digno conforme la USTR. 

Chile posee regulaciones y capacidades de fiscalización mediante las cuales no existe el trabajo forzado, en términos de esclavitud o ausencia de derechos laborales. Las deficiencias existentes se refieren más a la falta de actualización de las normas que rigen el trabajo en distintas industrias. Ello supone un trabajo legislativo necesario de modernizar y armonizar con las exigencias internacionales en general y estadounidenses en particular. 

La cuestión, más bien, parece tratarse de que no se usen insumos de otros países en productos que se exportan a Estados Unidos, donde el nombre de China resuena con insistencia.  El Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (TLC-2004/2015) obliga a Chile a dar cumplimiento a una serie de factores donde se incluyen temas laborales, medioambientales, propiedad intelectual, trazabilidad y fiscalización aduanera, entre otros.

Negociar con sentido estratégico supone una convergencia de factores de distinta naturaleza donde los países y sus economías replicarán en varios sentidos la lógica asociada al pragmatismo donde lo que se negocia no siempre es lo esencial en el proceso, dada la diversidad de intereses presentes. En otras palabras, se ha colocado un piso de negociación desde donde comienza un proceso más complejo habida consideración de los intereses de Estados Unidos.

Sobre el autor

Guillermo Holzmann es Analista Político y Estratégico y académico de la Universidad de Valparaíso

Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes Chile.