La trazabilidad del dinero es un arma poderosa para enfrentar la criminalidad, pero requiere inteligencia y cooperación, no reformas simbólicas.

En tiempos de elecciones, los discursos sobre seguridad pública se multiplican. Todos prometen combatir el crimen organizado y “seguir la ruta del dinero”. Sin embargo, detrás de las consignas, hay un debate más técnico que político; el levantamiento del secreto bancario, que cada cierto tiempo resurge como símbolo de eficacia en la lucha contra el lavado de activos. 

Lo primero a despejar es que Chile cuenta hace casi 30 años con la Ley General de Bancos que proporciona un marco legal a efectos de levantar el secreto bancario, o sea de novedoso tiene poco.Esta Ley ha sido modificada en varias oportunidades, en lo que al levantamiento del secreto bancario respecta, justamente para ajustarse a las particularidades de los casos de lavado de activos, e incluso de las solicitudes de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).  

Un segundo tema es qué herramientas, más allá del levantamiento del secreto bancario, que existe y funciona en Chile, tienen las instituciones para perseguir las ganancias ilícitas. En 2023 entró en vigor un marco robusto para desmantelar las finanzas del crimen organizado, la Ley N.º 21.577 -o Ley de crimen organizado- que regula el comiso de ganancias ilícitas, y aumenta las posibilidades de técnicas especiales de investigación, las que constituyen herramientas efectivas que permiten decomisar los bienes obtenidos directa o indirectamente de actividades criminales. En otras palabras, el instrumento ya existe.

La discusión sobre el secreto bancario, más que técnica, es un eslogan político, con una discusión de baja profundidad, ya que, se enarbola como la clave para la seguridad pública, a través de la persecución de las ganancias ilícitas, pero sin considerar que el secreto bancario es un derecho legal cuya raigambre se relaciona con el derecho constitucional a la privacidad. La información financiera puede revelar patrones íntimos: afiliaciones políticas, relaciones personales, etc. Un acceso administrativo sin contrapeso judicial invierte la presunción de inocencia, colocando a todos los ciudadanos bajo sospecha permanente. Con el levantamiento del secreto bancario existe la amenaza latente de que la información se use para otros fines. 

La Ley General de Bancos, la Ley de la UAF, la Ley 21.577 y la Ley 21.595 otorgan al Ministerio Público y a la UAF facultades para investigar movimientos sospechosos, congelar activos y recuperar fondos provenientes de delitos. En los últimos años, la UAF solicitó 64 autorizaciones judiciales para levantar el secreto bancario y todas fueron aceptadas en un plazo de 24 horas. Esto demuestra que el sistema actual no es necesariamente el cuello de botella. No obstante, su eficacia depende de la capacidad de las instituciones para aplicarla y del compromiso de los bancos para reportar y cooperar.

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Si una entidad se benefició de transacciones que provienen de actividades ilícitas, aun cuando no haya tenido participación directa, debiera reintegrar esas ganancias al Estado, tal como cualquier ciudadano sería castigado si compra un artículo robado. Esto generaría un incentivo real para mejorar los controles internos y fortalecer la debida diligencia. Por ejemplo, las autoridades desmantelaron este año el brazo financiero del Tren de Aragua, identificando operaciones de lavado de activos por 13,5 millones de dólares. Más aún, investigaciones posteriores elevaron la estimación a 17 millones de dólares en “impuestos criminales” lavados a través del sistema bancario. Un aspecto crítico fue que ningún banco emitió a tiempo Reportes de Operaciones Sospechosas a pesar de la recurrencia de las transacciones, incluyendo algunas realizadas en el extranjero. 

La trazabilidad del dinero es un arma poderosa para enfrentar la criminalidad, pero requiere inteligencia y cooperación, no reformas simbólicas. Los bancos deben ser aliados activos en esta cruzada, no meros espectadores, o aún peor, beneficiarios indirectos.

*Nicolás Hardy es profesor investigador de la Facultad de Administración y Economía de la Universidad Diego Portales; y Gonzalo Iberti es director Magíster en Finanzas e Inversiones (MAFI) de la Facultad de Administración y Economía UDP.

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